así cambia el trabajo de los funcionarios
La jornada de 35 horas semanales en la Administración General del Estado (AGE) ya es una realidad normativa. El Gobierno ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la resolución que desarrolla el acuerdo alcanzado con los sindicatos y que reduce en dos horas y media la dedicación semanal de cientos de miles de empleados públicos frente al esquema anterior de 37,5 horas.
La nueva regulación no solo fija el cómputo anual en 1.533 horas de trabajo efectivo, sino que también redefine tramos de horario fijo y flexible, amplía las posibilidades de conciliación y aclara de forma expresa a qué colectivos se aplica y a cuáles no. Todo ello, con un mes de margen para que ministerios y organismos adapten calendarios y sistemas de control horario sin que se resienta la atención a la ciudadanía.
Entrada en vigor y ámbito de aplicación de la jornada de 35 horas
Según la resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, la jornada de 35 horas entra en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE, aunque se concede un plazo de aproximadamente un mes para realizar los ajustes internos necesarios. En ese tiempo, cada departamento deberá revisar sus cuadrantes, sistemas de fichaje y organización de turnos.
La norma se aplica al personal de la Administración General del Estado, a las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, así como a los organismos autónomos, agencias y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica propia que estén vinculadas o dependan de la AGE. En términos cuantitativos, el Gobierno y los sindicatos sitúan el número de beneficiarios en una horquilla que va de unos 220.000 a cerca de 250.000 empleados públicos, según el alcance considerado.
No obstante, la resolución también especifica con claridad quién queda fuera. El personal militar de las Fuerzas Armadas y los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado no se acogen a este nuevo horario. En otros ámbitos, como instituciones penitenciarias, centros sanitarios o centros docentes gestionados por el Estado, la implantación de las 35 horas se supedita a la negociación en sus mesas específicas y a las regulaciones propias de cada servicio.
Además, el texto deja por escrito que la jornada general prevista no será de aplicación a las entidades locales ni a otras administraciones. Esto implica que ayuntamientos, diputaciones y comunidades autónomas mantienen su propia capacidad de negociación y regulación, aunque la nueva jornada de la AGE actúa de referencia política y laboral.

Del acuerdo sindical al BOE: una reivindicación que venía de lejos
La reducción de jornada es fruto de un acuerdo firmado entre el Ministerio y los sindicatos, culminado a finales de marzo. En ese pacto, el Ejecutivo se comprometía a implantar una jornada general de 35 horas semanales de trabajo efectivo en la AGE, con equivalencia en cómputo anual de 1.533 horas.
Este compromiso no surgió de la nada. Ya figuraba en el Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI suscrito en 2022, pero su desarrollo se fue retrasando en la Administración central pese a que muchas comunidades autónomas y grandes ayuntamientos habían recuperado las 35 horas en los últimos años. Los sindicatos denunciaban que los empleados del Estado soportaban un tiempo de trabajo superior al de buena parte del resto del sector público.
La nueva resolución del BOE supone, en la práctica, poner fin a la jornada de 37,5 horas implantada de forma generalizada en 2012, en plena crisis económica, por el Gobierno de Mariano Rajoy. Aquella ampliación horaria frenó la expansión de las 35 horas que había comenzado en las administraciones durante los años noventa y que muchas autonomías solo pudieron retomar una vez mejoró la situación presupuestaria.
Con este paso, el Ejecutivo central se alinea con el modelo ya existente en gran parte del empleo público autonómico y refuerza la idea, defendida por las centrales sindicales, de que la reducción del tiempo de trabajo puede compatibilizarse con la calidad del servicio si se acompaña de planificación y refuerzo de plantillas allí donde sea necesario.
Cómputo anual y nuevo reparto del horario diario
La clave técnica de la reforma está en fijar la jornada ordinaria en 1.533 horas anuales, que se corresponden con un promedio de 35 horas semanales. A partir de ahí, la resolución rediseña los tramos de horario fijo y flexible, manteniendo el esquema de cómputo anual que ya se utilizaba.
En la jornada de mañana, el horario fijo presencial pasa a ser de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes. Antes se extendía hasta las 14:30, de modo que los funcionarios ganan media hora diaria de margen en ese tramo. El tiempo restante hasta completar las 35 horas semanales se realiza en horario flexible, que se puede distribuir:
- Entre las 7:00 y las 9:00 de lunes a viernes.
- Entre las 14:00 y las 18:00 de lunes a jueves.
- Entre las 14:30 y las 15:30 los viernes.
En el caso de la jornada de mañana y tarde, el horario fijo se sitúa de 9:00 a 16:30 horas de lunes a jueves, con una pausa mínima de media hora para comer que no computa como trabajo efectivo, y de 9:00 a 14:30 horas los viernes. Este bloque también reduce el tramo fijo respecto a la regulación de 2019, que alargaba la jornada continuada hasta las 18:00 horas en algunos supuestos.
Para la jornada exclusivamente de tarde, el horario fijo de referencia es de 15:00 a 20:00 horas de lunes a viernes. El tiempo que falte para alcanzar las 35 horas semanales se podrá realizar de forma flexible entre las 13:00 y las 15:00 y entre las 20:00 y las 22:00 horas, siempre sin romper la continuidad del servicio y de acuerdo con los calendarios que se aprueben en cada centro de trabajo.
La norma también mantiene la figura de la jornada especial de dedicación, que afecta a puestos con mayores responsabilidades y, habitualmente, retribuciones superiores. En estos casos, la jornada se fija en 37,5 horas semanales, frente a las 40 horas que venían rigiendo, aunque se prevé que, por necesidades de servicio, puedan producirse ampliaciones puntuales.


Pausas, jornada intensiva de verano y medidas de conciliación
La resolución mantiene la posibilidad de disfrutar de una pausa diaria de 30 minutos que computa como trabajo efectivo, con el objetivo de evitar largos periodos ininterrumpidos de actividad. En las jornadas de mañana, mañana y tarde y especial dedicación, esta pausa podrá realizarse entre las 10:00 y las 12:30 horas; en las jornadas solo de tarde, entre las 16:30 y las 19:00.
En cuanto a la organización del trabajo en los meses más calurosos, se mantiene la jornada intensiva de verano entre el 16 de junio y el 15 de septiembre. Durante ese periodo, la AGE y sus organismos podrán establecer horarios de seis horas y media continuadas entre las 8:00 y las 15:00 horas, de lunes a viernes, para quienes trabajan de mañana. Para el personal de tarde, la intensiva se encuadra entre las 14:30 y las 21:30 horas, también con seis horas y media seguidas.
La norma incorpora, además, un refuerzo de las medidas de conciliación. Los empleados públicos que tengan a su cargo hijos o menores bajo tutela o acogimiento de hasta 12 años, personas con discapacidad igual o superior al 33% o familiares con enfermedad grave hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, podrán solicitar adaptación de horarios. Entre otras opciones, se contempla ampliar la flexibilidad sobre el tramo fijo y adelantar o retrasar la hora de entrada y salida.
De forma específica, durante el verano, aquellos trabajadores con menores de hasta 12 años o personas con discapacidad a su cargo pueden acogerse a la jornada intensiva desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre, incluso en el año en el que el menor cumpla 12 años. La intención es facilitar una mejor compatibilidad entre el calendario escolar y los tiempos de trabajo.
La resolución de Función Pública también abre la puerta a que cada calendario laboral precise límites máximos y mínimos adicionales para completar la jornada en todas sus modalidades, siempre a través de negociación y sin deteriorar la atención a la ciudadanía.
Garantizar el servicio público y reforzar plantillas
Uno de los puntos sobre los que el Gobierno y los sindicatos han querido insistir es que la reducción de jornada no debe traducirse en un empeoramiento del servicio. Por eso, el acuerdo recoge que los departamentos afectados deberán aplicar las adaptaciones organizativas necesarias, muy especialmente en los ámbitos con atención directa al público o con sistemas de trabajo a turnos.
El Ministerio de Función Pública señala que la AGE orientará sus instrumentos de planificación de recursos humanos y las próximas ofertas de empleo público hacia el refuerzo de la capacidad de respuesta de los servicios. La idea es que la reducción del tiempo de presencia física se compense con una mejor distribución de tareas, digitalización de procesos y, cuando proceda, incremento de efectivos.
En ámbitos con características específicas —como instituciones penitenciarias, centros sanitarios o centros docentes dependientes del Estado— la implantación de las 35 horas deberá compatibilizarse con sus propias normas de funcionamiento. Esto implica negociaciones sectoriales para adaptar turnos, guardias y sistemas de disponibilidad, siempre bajo la premisa de mantener la continuidad del servicio.
En paralelo, el personal en régimen de especial dedicación verá reducida su jornada oficial de 40 a 37,5 horas semanales, aunque la resolución admite que, por necesidades del servicio, pueda requerirse una presencia superior en momentos puntuales. Cada ministerio y organismo determinará qué puestos se consideran de especial dedicación en función de la naturaleza del trabajo y el nivel de responsabilidad.
Con este nuevo marco, el Ejecutivo pretende combinar mejoras en las condiciones laborales de los funcionarios con garantías de estabilidad y calidad en la atención ciudadana, algo especialmente sensible en oficinas de registro, unidades de información, servicios de empleo y prestaciones de la Seguridad Social.
Impacto en el resto del sector público y batalla en las administraciones locales
Aunque la resolución deja claro que la jornada general de 35 horas no se aplica automáticamente a las entidades locales ni al resto de administraciones, la publicación en el BOE ha actuado como detonante para reavivar la negociación en ayuntamientos y otras instituciones.
Los sindicatos firmantes, con CSIF y CCOO a la cabeza, han anunciado que utilizarán este nuevo marco de la AGE como argumento para reclamar la reducción de jornada en el conjunto del sector público. Según sus cálculos, más de medio millón de empleados de las administraciones locales podrían verse finalmente beneficiados si se extiende el modelo de las 35 horas a través de la negociación colectiva.
El Ministerio de Función Pública, sin embargo, mantiene que el acuerdo alcanzado se refiere exclusivamente a los trabajadores dependientes de la Administración General del Estado y que cualquier cambio en ayuntamientos o comunidades autónomas debe fraguarse en sus propias mesas negociadoras. La referencia legal que esgrimen las centrales sindicales es el artículo 94 de la Ley de Bases de Régimen Local, que equipara la jornada anual de los funcionarios locales con la de la Administración Civil del Estado.
Desde el departamento que dirige Función Pública se replica que la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018, al fijar una jornada general de 37,5 horas con posibilidad de modificarla mediante negociación, ha introducido un marco distinto en el que cada administración tiene margen para pactar su propia jornada, siempre que se cumplan los requisitos legales. De ahí que, según el Ministerio, no pueda hablarse de traslación automática de las 35 horas a todas las corporaciones locales.
Más allá de esta disputa interpretativa, la realidad es que muchas comunidades autónomas y grandes ciudades ya han implantado las 35 horas para su personal, mientras que otras siguen negociando o mantienen jornadas superiores. En este escenario, la decisión de la AGE añade presión para homogeneizar poco a poco los tiempos de trabajo en el conjunto de las administraciones públicas.
El despliegue de la jornada de 35 horas en la Administración General del Estado marca un cambio de etapa en la organización del trabajo público, cerrando el ciclo de ampliaciones horarias derivadas de la crisis de 2012 y acercando el horario de los funcionarios del Estado al que ya disfrutan muchos empleados autonómicos y locales; ahora, el foco está en cómo se concretará esta reducción en cada centro, de qué forma afectará a plantillas y turnos, y hasta qué punto servirá de palanca para extender las 35 horas al resto del sector público sin mermar la calidad de los servicios.
