Noboa impulsa ‘Casa U’, residencias para universitarios de centros públicos
El presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 182 por el que se crea el programa de residencias universitarias Casa U, dirigido a universidades y escuelas politécnicas públicas del país. La medida, suscrita el 15 de octubre, persigue facilitar el acceso y la permanencia en la educación superior a través de alojamiento organizado por las propias instituciones.
El plan contempla alojamiento y alimentación subvencionada para estudiantes que se desplazan desde otras provincias, con la meta de reducir la deserción y mejorar la equidad. El Gobierno transferirá recursos a los centros que cumplan las condiciones técnicas y de gestión fijadas por el ente rector de educación superior.
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¿Qué plantea el programa ‘Casa U’?
Casa U prevé la implementación de residencias en universidades y escuelas politécnicas públicas, priorizando a quienes estudian fuera de su lugar de origen. El objetivo es crear condiciones que aseguren la continuidad académica sin barreras económicas o geográficas para el estudiantado.
Para ello, cada institución deberá presentar un modelo de implementación y gestión que explique el funcionamiento de las residencias, el servicio de alimentación subvencionada y los mecanismos internos de control y evaluación.
Financiación y criterios de priorización
El Gobierno central asignará y transferirá recursos a las instituciones elegibles conforme a parámetros definidos por el ente rector de educación superior. La priorización se basará en criterios objetivos y verificables.
- Porcentaje de ejecución presupuestaria de 2024 y del primer semestre de 2025.
- Proporción de estudiantes de otras provincias en los últimos cinco años, considerando cuántos iniciaron, cuántos finalizaron y el promedio anual de matrícula.
- Modelo de gestión de la residencia que incluya alimentación subvencionada.
- Titularidad de un bien inmueble apto para uso exclusivo del programa o existencia de un instrumento jurídico válido que garantice su disponibilidad con ese fin.
- Los demás requisitos que establezca el ente rector de educación superior.
Asimismo, se coordinará con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) la fuente y disponibilidad de financiamiento, conforme al dictamen favorable emitido y a las observaciones que correspondan para su ejecución responsable.
Calendario y responsabilidades
El ente rector de educación superior, a través del Consejo de Educación Superior (CES), dispone de un plazo de 30 días para expedir la normativa secundaria que detallará el funcionamiento del programa, incluidos los requisitos de acceso y permanencia.
Publicada esa normativa, las universidades y escuelas politécnicas contarán con otros 30 días para presentar sus modelos de gestión. Cada propuesta será revisada y, en su caso, aprobada de forma individual en un periodo adicional de 30 días, lo que fija un cronograma ágil de puesta en marcha.
El documento entró en vigor con su suscripción en Santa Elena el 15 de octubre y quedará formalizado con su publicación en el Registro Oficial, paso que consolida la aplicabilidad de esta política pública.
Marco legal y fiscal
El decreto cita la Constitución del Ecuador y la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), que reconocen la educación como derecho y garantizan la igualdad de oportunidades en el sistema de educación superior, desde el acceso hasta la culminación de los estudios.
En el ámbito presupuestario, se acoge a los principios del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, que exige financiamiento predecible y automático para la educación superior pública y permite a las instituciones generar ingresos complementarios para investigación y becas.
Impacto esperado en acceso y movilidad
Con Casa U, el Ejecutivo aspira a reducir la deserción y a ampliar las oportunidades para jóvenes de zonas rurales o alejadas, especialmente para quienes cargan con los costes de vivienda y manutención al desplazarse para estudiar.
La iniciativa favorece una educación superior más inclusiva y accesible, aliviando trabas económicas y de movilidad, y se alinea con las políticas de equidad que buscan que el lugar de origen no condicione la posibilidad de titularse.
Qué deberán preparar las universidades
Las instituciones interesadas tendrán que definir un plan operativo que incluya capacidad de alojamiento, criterios de acceso, reglas de permanencia, la gestión de la alimentación subvencionada y protocolos de seguimiento y evaluación de las residencias.
También deberán acreditar la disponibilidad del inmueble para uso exclusivo del programa, ya sea por titularidad o mediante un convenio o instrumento jurídico válido que garantice su utilización durante la vigencia de Casa U.
Con este marco, el Decreto 182 articula un esquema de residencias universitarias que combina recursos públicos, criterios claros de priorización y plazos definidos, con la finalidad de facilitar que más estudiantes accedan y permanezcan en la educación superior pública.